Se aprueba la modificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales para r...cción de los menores
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Última revisión
24/04/2024

Se aprueba la modificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales para reforzar la protección de los menores

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Materias: penal

Fecha: 24/04/2024

La reforma del Registro Central de Delincuentes Sexuales persigue fortalecer la protección de los menores frente a la violencia sexual y mejorar la cooperación judicial dentro de la Unión Europea.

Se modifica el Registro Central de  Delincuentes Sexuales para reforzar la protección de los menores
Se modifica el Registro Central de  Delincuentes Sexuales para reforzar la protección de los menores


El Registro Central de Delincuentes Sexuales, ha sido modificado para mejorar la protección de menores frente a delitos sexuales y de trata de seres humanos. La actualización, operada mediante  Real Decreto 407/2024, de 23 de abril, responde a las exigencias introducidas por la Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia.

Creado para evitar que personas condenadas por delitos sexuales trabajen en contacto directo con menores, el registro, ahora renombrado como Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, constituye una base de datos con información relativa a los agresores y a sus condenas.

La modificación del registro blinda a los menores de la posibilidad, anteriormente no prevista, de que quienes accedan sin antecedentes de violencia sexual a estos puestos de trabajo cometan dichos delitos a posteriori sin que tal información se pueda conocer. De este modo, a partir de la reforma, las empresas, entidades y organizaciones que trabajen directamente con niños y adolescentes podrán comprobar periódicamente que sus empleados siguen sin figurar en el registro, solicitando los certificados oportunos con el consentimiento de los trabajadores.

Asimismo, para la solicitud de certificados relativos a los antecedentes de personas de entre 16 y 18 años que trabajen en contacto con menores, deja de ser preceptiva la autorización de sus tutores o representantes legales, pudiendo ser expedidos directamente a los interesados.

Por otra parte, mediante el cruce de datos del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos con el Sistema Europeo de Información sobre Antecedentes Penales (ECRIS), se facilita la obtención del certificado para ciudadanos de la Unión Europea que trabajen en España, pudiendo estas personas acreditar que carecen de antecedentes tanto en su país de origen como en territorio español.

Finalmente, se homogeneiza el régimen de cancelación de las condenas por delitos sexuales o de trata de personas impuestas en el extranjero, de modo que, en todo caso, los condenados sólo podrán volver a trabajar con menores una vez pasados 30 años desde el cumplimiento de la pena sin haber vuelto a delinquir por esta clase de delitos.

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