El Parlamento Europeo regula la recogida de datos en los alquileres de corta duración
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Última revisión
06/05/2024

El Parlamento Europeo regula la recogida de datos en los alquileres de corta duración

Tiempo de lectura: 4 min

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Materias: civil, administrativo

Fecha: 06/05/2024

Nueva regulación de la UE sobre los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, su impacto en el mercado interior y las medidas de transparencia y armonización implementadas.

El Parlamento Europeo regula la recogida de datos en los alquileres de corta duración
El Parlamento Europeo regula la recogida de datos en los alquileres de corta duración


Se ha publicado el Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de abril de 2024 sobre la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/1724.

La Unión Europea ha establecido un marco regulatorio para abordar los desafíos planteados por el crecimiento de los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, impulsados por la economía de plataformas. Este crecimiento ha generado oportunidades, pero también preocupaciones, como la disminución de viviendas para arrendamientos de larga duración y el aumento de precios. El Reglamento se enfoca en la falta de información fiable sobre estos servicios, como la identidad del anfitrión, el lugar donde se ofrecen los mentados servicios, la duración del alquiler... lo que dificulta la respuesta política adecuada de las autoridades.

Las autoridades públicas han adoptado medidas para obtener información de anfitriones y plataformas en línea, pero las obligaciones jurídicas varían significativamente entre los Estados miembros. Para aprovechar plenamente el potencial de estos servicios y asegurar su funcionamiento correcto en el mercado interior, se establecen normas uniformes y específicas a escala de la Unión.

Se introducen normas armonizadas sobre la generación y el intercambio de datos, mejorando el acceso y la calidad de los datos para que las autoridades diseñen políticas eficaces. Además, se armonizan los requisitos de transparencia para las plataformas en línea, estableciendo normas uniformes sobre sistemas de registro y requisitos de intercambio de datos.

El Reglamento no afecta la competencia de los Estados miembros para adoptar requisitos de acceso al mercado, siempre que sean necesarios y proporcionados. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha reconocido la lucha contra la escasez de viviendas como una razón imperiosa de interés general.

El Reglamento excluye a hoteles y otros alojamientos turísticos similares, así como alojamientos en campings o aparcamientos para caravanas. Se aplica a las plataformas en línea que permiten a los huéspedes celebrar contratos a distancia con anfitriones para la prestación de servicios de alquiler de alojamientos de corta duración, dejando fuera a aquellas páginas web que conectan a los anfitriones con los huéspedes y no intervienen de ninguna otra manera en la celebración de transacciones directas.

Se establecen procedimientos de registro para recoger información sobre anfitriones y unidades, asignando un número de registro único. Los anfitriones deben proporcionar datos personales, información sobre las unidades que ofrecen para alquiler, cualquier otra información necesaria para la identificación del anfitrión, la dirección de la unidad en alquiler...

Los Estados miembros pueden requerir información adicional para cumplir con el Derecho nacional, como requisitos de higiene y seguridad, de protección de consumidores, o información sobre la accesibilidad. Además, se establecen normas para la transmisión de datos de actividad por parte de las plataformas en línea a las autoridades competentes.

El Reglamento establece un período de conservación de dieciocho meses para los datos de actividad, excluyendo los datos personales, que son esenciales para la elaboración de estadísticas oficiales y para el desarrollo de políticas.

Para facilitar la ejecución del Reglamento, cada Estado miembro debe designar una autoridad responsable de su supervisión. Se establecen sanciones eficaces, proporcionadas y disuasorias para garantizar el cumplimiento del Reglamento.

El Reglamento respeta el derecho fundamental a la protección de los datos personales y se ajusta al Reglamento (UE) 2016/679. La Comisión evaluará periódicamente el Reglamento y su impacto en la prestación de servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.

La aplicación del Reglamento se aplaza veinticuatro meses a partir de la fecha de entrada en vigor, es decir, será aplicable a partir del 20 de mayo de 2026, para permitir a los Estados miembros y a las partes interesadas adaptarse a los nuevos requisitos.

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