Da 2 Igualdad efectiva de mujeres y hombres
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D.A. 2ª. Inclusión de cláusulas de igualdad en contratos y subvenciones

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En el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno debe elaborar y aprobar, en colaboración con el Instituto Catalán de las Mujeres, una norma sobre la inclusión de cláusulas relacionadas con la igualdad de mujeres y hombres en contratos y subvenciones en el ámbito de actuación de la Administración de la Generalidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-07-2015 en vigor desde 12-08-2015