Articulo 26 Igualdad efectiva de mujeres y hombres
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Artículo 26. Sociedad de la información y del conocimiento

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1. Los poderes públicos de Cataluña deben promover acciones para favorecer la implantación de las nuevas tecnologías a partir de criterios de igualdad, y deben fomentar la participación de las mujeres en la construcción de la sociedad de la información y del conocimiento.

2. En los proyectos desarrollados en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación financiados total o parcialmente por los poderes públicos, debe garantizarse que su lenguaje y contenidos no sean sexistas.

3. El Gobierno ha de promover contenidos creados por mujeres en el ámbito de la sociedad de la información y del conocimiento.

4. Los poderes públicos de Cataluña deben impulsar programas para incrementar la presencia de las mujeres en los estudios técnicos, tecnológicos y del sector de las tecnologías de la información y la comunicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-07-2015 en vigor desde 12-08-2015