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La DGSJyFP señala que por debajo de 14 años se debe partir de la inimputabilidad para la desheredación

La DGSJyFP establece que los menores deben tener aptitud para desheredarlos. En la resolución se establece que en los menores de catorce años debe presumirse que los mismos son inimputables.


civil
23/04/2024

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